San Glorio, ¿ni el Defensor del Pueblo?
El proyecto de una gran estación de esquí alpino en San Glorio (Castilla y Lón) encuentra mucha oposición, oposición que en gran medida se conduce por la Plataforma en Defensa de San Glorio , a la que está adherida UNIPESCA, si bien no es la única vía de oposición.
Ahora bien, oposición ¿por qué? ¿Es porque sí, oposición por oposición? ¿Es porque estemos en contra del progreso para los habitantes de la zona? ¿Es porque odiemos a los esquiadores? Pues no, evidentemente no. La oposición pasa por la oportunidad del proyecto en cuanto a tiempo y espacio.
Podemos ser más o menos partidarios de las discotecas, pero si alguien propusiera derruir o transformar el teatro romano de Mérida, por ejemplo, para instalar una discoteca, resultaría lógico oponerse, por mucho que el enclave fuera ideal para un negocio privado semejante.
Eso mismo ocurre en este caso. Hablamos de la única zona osera de la Europa occidental (dejando al margen los Pirineos, aún necesitados de la intervención directa del hombre). Como buque-insignia, porque la zona, además, es muy importante por sus valores ecológicos y naturalísticos, por la presencia importante de fauna en peligro de extinción, y por sus valores paisajísticos, con una geomorfología impresionante. Así lo entendió además la propia Junta de Castilla y León promoviendo leyes que protegían especialmente gran parte de esta zona, incluso de las instalaciones de esquí alpino, prohibidas en el Plan de Ordenación (PORN) del Parque Nacional de Fuentes Carrionas y Montaña Palentina
Sin embargo, en el año 2006 la Junta de Castilla y León aprueba un decreto que modifica el PORN. Las estaciones de esquí alpino pasan de ser prohibidas a “autorizables”.
La razón o la excusa es la “presión” de los ayuntamientos y poblaciones afectadas. Es cierto que esta presión existe, incluso es comprensible, pero como dice el Defensor del Pueblo, “las estaciones de esquí alpino, antes prohibidas, se convierten ahora en autorizables, lo que supone una rebaja en la protección del Parque Natural, cuya repercusión no ha sido estudiada ni analizada previamente” y añade que esa petición “social” no es suficiente para incumplir al menos 3 Leyes de rango superior, descuidando además los intereses supramunicipales (que bien se presta a precisar que no son éstos la simple suma de los intereses locales o municipales).
¿Hará falta recordar a nuestras autoridades y políticos, que España es un estado de derecho? ¿Que esto no es un coto privado económico? ¿Que no vale todo, aún cuando la razón, o la excusa, sea el promover el bienestar de las poblaciones locales?
Es indudable que un negocio como ese va a traer el bienestar a unos cuantos bolsillos. Está fuera de toda duda. Pero en ningún caso puede justificar el lucro de unos pocos el riesgo de perder definitivamente la última población estable de oso pardo de la Europa occidental, ni puede justificar la pérdida de un espacio natural de especial interés, que por todo ello, y no porque sirviera para esquiar, se le dotó de una protección especial, que ahora se intenta rebajar descaradamente y contra la legalidad vigente.
Pero es que incluso esa pretendida mejora social es objeto de discusión. Sabemos que hay mucho dinero para invertir en ese proyecto, y se anuncian grandes beneficios (¿para quién?), pero también hay estudios que cuestionan su rentabilidad a medio plazo. Y hay alternativas, que pretenden conjugar el desarrollo socioeconómico de la zona con el respeto de los valores naturales, tomando precisamente este respeto como motor de la activación.
Pero da la impresión de que este es uno de esos proyectos que tienen que salir pese a quien pese. Porque hay importantes razones, en forma de millones de euros, para ello. Aunque sea aplastando el patrimonio natural de todos los españoles.
Así parece entenderlo también el Defensor del Pueblo, cuando afirma que “así las cosas, la modificación del PORN para permitir la construcción de una estación esquí alpino, al no haberse realizado un análisis ambiental previo, convierte al plan en una amenaza, en lugar de servir al fin de conservación de los valores ambientales del Parque”.
Por último, no cabe más que unirse a la concluyente petición del Defensor del Pueblo: “Que esa Consejería realice las gestiones pertinentes para que se proceda a derogar el Decreto 13/2006, al ser contrario a la legalidad vigente en materia de Espacios Naturales y Evaluación Ambiental”.
La Defensoría del Pueblo sólo puede sugerir, no tiene fuerza ejecutiva. Pero los ciudadanos, partidos políticos, sindicatos, asociaciones, sí podemos exigir a la Junta que no siga por ese camino, y se abra un debate, serio, imparcial, con la participación de la comunidad científica, que evalúe no sólo las inversiones, subvenciones y plusvalías, y el interés general “a corto plazo”, sino también el desarrollo sostenible a largo plazo para la zona y la conservación de un medio natural único e irrepetible, y que busque alternativas realistas que aúnen conservación y justo desarrollo para los habitantes de ese medio.










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