La Comisión de Medio Ambiente del Parlamento Europeo endurece la directiva sobre calidad del aire


La Comisión de Medio Ambiente del Parlamento Europeo (PE) enmendó ayer la propuesta de directiva sobre calidad del aire para endurecer los límites previstos en el texto a la concentración de partículas nocivas.

La norma debe ser objeto de acuerdo entre el Consejo de la UE -Estados miembros- y el Parlamento Europeo, que la debatirá y votará en sesión plenaria el próximo diciembre.

En el voto en comisión, los eurodiputados decidieron hoy, por 35 votos a favor, 4 en contra y 9 abstenciones, modificar los umbrales mínimos previstos en la propuesta para la concentración en la atmósfera de micropartículas nocivas, en especial para las más pequeñas y peligrosas, denominadas PM 2,5.

Así, acordaron fijar un límite máximo para estas partículas de 20 microgramos por metro cúbico (µg/m3) que figuraría como valor objetivo entre 2010 y 2015, y que a partir de esa fecha sería jurídicamente vinculante.

El Consejo prevé un límite máximo de 25 µg/m3.

En cuanto a las micropartículas de mayor tamaño, las PM10, los diputados apostaron por fijar un promedio anual máximo de 33µg/m3 desde 2010, frente a los 40µg/m3 que propugnan los Estados miembros.

En el caso del límite diario, tanto la comisión parlamentaria como el Consejo están de acuerdo en que debe situarse en los 50µg/m3.

La propuesta precisa el visto bueno de las dos instituciones por lo que, de mantenerse el desacuerdo una vez se proceda a la votación en el pleno y al acuerdo definitivo en el Consejo, será necesario un proceso de conciliación entre los dos órganos legislativos de la UE.

Por otra parte, los eurodiputados abogaron hoy por permitir una prórroga de tres años, ampliable a cinco, a la aplicación de la directiva en las zonas residenciales que no puedan cumplir sus parámetros por razones de “dispersión” o “condiciones climáticas desfavorables” o “factores transfronterizos”.

A cambio, las autoridades de tales núcleos de población deberán elaborar un informe que demuestre que, pese a la aplicación medidas adecuadas a nivel nacional y local, no pueden reducir la presencia en el aire de partículas a los niveles requeridos por la directiva.

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